Si te han cobrado por quedarte en números rojos, lo que te pueden cobrar tiene un techo legal, y ese techo no está escrito en el tipo de interés: está escrito en TAE y dentro entran también las comisiones. En un descubierto tácito de una persona física consumidora, el artículo 20.4 de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo impide aplicar un tipo que dé lugar a una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero. Con el interés legal del dinero en el 3,25 % que publica hoy el Banco de España en su tabla oficial, ese techo son 8,125 % TAE.
El problema práctico es que ese tope está en TAE y lo que tú ves en el extracto es otra cosa: una comisión con un porcentaje y un mínimo en euros. Y el mínimo en euros es casi siempre el que decide.
La frase exacta del Banco de España, y por qué la palabra «comisiones» lo cambia todo
El Portal del Cliente Bancario lo dice así: «los intereses que por ellos se perciban, sumados a las comisiones bancarias, no pueden dar lugar una TAE superior al interés legal del dinero multiplicado por 2,5».
«Sumados a las comisiones bancarias» es la parte que casi nadie aplica. Mucha gente mira el tipo de interés de su descubierto, lo ve por debajo del tope y da el asunto por cerrado. Pero el tope no mide el tipo: mide el coste total anualizado. Un descubierto con un interés modesto y una comisión con mínimo puede dar una TAE muy por encima de ese 8,125 %, y un descubierto con un interés más alto y sin comisión puede quedarse por debajo.
Dos precisiones antes de seguir, porque las dos mandan a mucha gente a otro sitio:
- El límite es para consumidores. El Banco de España distingue expresamente los descubiertos de consumidores de los del resto de clientes, profesionales y empresas incluidos. Si la cuenta es de tu actividad, esta cuenta no es la tuya.
- El artículo 20 se titula «Descubiertos tácitos», que son los que se producen, en palabras del propio supervisor, «cuando se retira dinero de una cuenta sin que haya saldo suficiente». Si lo que tienes es una línea de descubierto que pediste y el banco te concedió, estás en otra figura y lo que manda es tu contrato. Merece la pena mirar en el extracto cuál de las dos fue.
El mínimo en euros es una TAE que crece cuando el descubierto se encoge
Aquí está el mecanismo, y es el motivo de que el tope legal sea tan difícil de aplicar a ojo.
Una comisión del 4,50 % con un mínimo de 15 € no es una comisión del 4,50 %. Es una comisión de 15 € hasta que el descubierto llega a 333,33 €, que es el saldo negativo a partir del cual el 4,50 % supera el mínimo. Por debajo de esa cifra pagas 15 € da igual que el descubierto sean 300 € o 30 €.
Eso convierte el porcentaje real en algo muy distinto según el importe. Con un descubierto de quince días, estas son las cuentas —son nuestras, no de ninguna entidad, y están hechas aplicando un 7,25 % TIN anual más una comisión del 4,50 % con un mínimo de 15 €:
| Saldo negativo | Comisión | Intereses 15 días | Coste total | Sobre el dinero | TAE equivalente |
|---|---|---|---|---|---|
| 40 € | 15,00 € | 0,12 € | 15,12 € | 37,80 % | más de 240.000 % |
| 100 € | 15,00 € | 0,30 € | 15,30 € | 15,30 % | unos 3.094 % |
| 333,33 € | 15,00 € | 0,99 € | 15,99 € | 4,80 % | 212,8 % |
| 1.000 € | 45,00 € | 2,98 € | 47,98 € | 4,80 % | 212,8 % |
| 3.000 € | 135,00 € | 8,94 € | 143,94 € | 4,80 % | 212,8 % |
Mira la columna de la derecha de abajo arriba. A partir del umbral de 333,33 €, el porcentaje se queda plano: da igual que el descubierto sean 333 € o 3.000 €, cuesta lo mismo en proporción. Por debajo, se dispara, y no porque el banco haya cambiado nada, sino porque el mínimo de 15 € pesa cada vez más sobre menos dinero.
Dicho en corto: quedarse cuarenta euros en rojo cuatro días no es un descubierto pequeño, es el descubierto más caro de todos en términos de porcentaje. Y es justo el que más gente tiene.
La cuenta que puedes hacer con tu extracto
Los tres datos están en el movimiento: el saldo negativo, los días que duró y todo lo que te cargaron por él, intereses y comisiones juntos. (Si el saldo se quedó en negativo porque había una retención encima, ese es otro asunto y tiene sus propias reglas: las cuenta cuánto de tu cuenta es inembargable, y si la retención venía de un pago con tarjeta, qué es ese bloqueo de fondos y cuándo tienen que devolvértelo.)
La fórmula es esta:
TAE = (1 + coste total ÷ saldo negativo) elevado a (365 ÷ días) − 1
Con el ejemplo de 100 € durante quince días y 15,30 € de coste: 15,30 ÷ 100 = 0,153; 1,153 elevado a (365 ÷ 15) da 31,96; menos 1, son 3.094 %.
Si tu resultado pasa del tope vigente, ya no tienes una queja: tienes un número, una fecha y una norma. Eso es lo que hace que una reclamación se responda.
Qué dice nuestro dato propio, y qué no dice
De las cuentas que tenemos verificadas una a una contra la web de su entidad, la ficha de la Cuenta Online Sin Comisiones de BBVA, comprobada el 20 de septiembre de 2026, es la que recoge hoy el precio de su descubierto, y lo recoge entero: «Si la cuenta se queda en descubierto BBVA cobra un 7,25 % TIN anual más una comisión del 4,50 % con un mínimo de 15 €». Esa misma ficha recoge también que «con la nómina domiciliada se puede pedir anticipo de nómina y activar el servicio de descubierto».
Son las condiciones publicadas ese día y son las que hemos usado como cifras realistas para la tabla de arriba, porque escribir un ejemplo con números inventados no le sirve a nadie. Conviene confirmarlas en su web antes de contratar: las fija la entidad y puede cambiarlas.
Y ahora lo que esta página no dice, porque es importante y es fácil de leer de más:
- No decimos que BBVA cobre por encima del límite legal. Los cinco escenarios de la tabla son nuestros: importes y plazos que nos hemos inventado para enseñar el mecanismo. Si un cobro concreto cabe o no en el tope depende de tu saldo, de tus días y de lo que te cargaron a ti.
- Tampoco decimos que el resto de entidades no publiquen su descubierto. Significa que nuestra ficha no recoge ese precio: el coste de un descubierto suele vivir en el folleto de tarifas o en el contrato marco, no en la página comercial del producto. Si te interesa, pídele a tu banco el folleto de tarifas y busca el epígrafe de descubiertos.
Si estás eligiendo cuenta, esto es una variable más que casi nunca se compara: puedes verlo junto al resto de condiciones en nuestro ranking de cuentas bancarias y, si lo que te interesa es qué te piden para que no te cobren nada, en el análisis de qué exige de verdad una cuenta nómina gratis.
Lo que puedes reclamar, y lo que no te va a resolver el Banco de España
Si después de hacer la cuenta crees que te han cobrado de más, el orden es fijo: primero al servicio de atención al cliente de tu banco, que es un requisito previo —sin ese paso el supervisor no admite la reclamación a trámite— y solo después al Banco de España. Los plazos exactos de cada caso, que no son uno solo, están en nuestra guía de cómo reclamar una comisión al banco.
Y una advertencia que toca dar aunque no apetezca: el informe del Banco de España no anula la cláusula ni te devuelve el dinero. No es vinculante. Sirve para que la entidad rectifique, y muchas lo hacen, pero quien puede declarar que una condición no vale es un juez.
Las condiciones de cada cuenta las fija su entidad y pueden cambiar, así que conviene comprobarlas en su web antes de contratar. Las cifras de este artículo se verificaron el 22 de septiembre de 2026 contra el Portal del Cliente Bancario, el texto consolidado de la Ley 16/2011 y la tabla de tipos de interés legal del Banco de España.
