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Ibancar: opiniones, cuánto cuesta el préstamo con aval de coche y qué arriesgas

Nacho · 16 de septiembre de 2026 · 13 min de lectura · Datos verificados el 14 de septiembre de 2026

Un hombre de unos treinta y cinco años, de pie junto a su coche aparcado en la calle, mira el móvil con la mano apoyada en el techo del vehículo
El coche sigue siendo tuyo, pero deja de ser solo tuyo: eso es lo que hay que entender antes de firmar, no el tipo de interés. · Imagen generada con inteligencia artificial

Ibancar presta entre 600 € y 8.000 € con una TAE del 12,74 % al 13,01 %: por 1.000 € a 36 meses devuelves 1.199,15 € según su propio ejemplo. Es precio de préstamo personal, no de minicrédito, y a cambio el coche queda como garantía, que se suma a tu responsabilidad en vez de limitarla.

Ibancar presta entre 600 € y 8.000 €, de 12 a 60 meses, con una TAE del 12,74 % al 13,01 %. Por 1.000 € a tres años devuelves 1.199,15 € según su propio ejemplo publicado. Eso es precio de préstamo personal, no de minicrédito: está a años luz de las TAE de tres y cuatro cifras de los créditos rápidos que también aparecen en nuestro ranking.

Y aun así, el precio no es lo que tienes que decidir aquí. Lo que cambia el trato es que el coche entra en él, y eso convierte la pregunta en otra: no «cuánto cuesta», sino «qué puedo perder».

Antes de seguir, en claro: si contratas a través de nuestro enlace, ifinanzas.es cobra una comisión de afiliación. No cambia ninguna de las cifras de este artículo ni suaviza ninguna advertencia. De hecho, la comparación que viene a continuación le sale regular.

Una advertencia sobre las cifras de este artículo

Toca decirlo antes que nada, porque condiciona todo lo demás. La web de Ibancar se sirve entera con JavaScript: cuando nuestro servidor la pide, devuelve 63 caracteres, que son el título de la página y nada más. Lo probamos el 14 de septiembre de 2026 en su portada, en su página de crédito con coche, en su sitemap y en una entrada de su blog, y el resultado fue el mismo en las cinco.

Las cifras que verás aquí salen de nuestra ficha de producto, que sí se leyó con un navegador completo ese mismo día y guarda el fragmento literal de su nota legal. Pero conviene que sepas de dónde viene cada número, y hay una parte del producto que no hemos podido comprobar y que no vamos a afirmar en ninguna dirección: la que tiene que ver con su contrato. Lo dejamos señalado donde toca.

Cuánto cuesta exactamente

Ibancar publica dos ejemplos representativos. Estos son, con la aritmética rehecha por nosotros:

Si pides…AInteresesDevuelvesPor cada 100 €
1.000 €36 meses199,15 €1.199,15 €19,92 €
6.000 €36 meses1.194,68 €7.194,68 €19,91 €

Lo primero que dice esa tabla es que el precio no cambia con el importe: pedir mil o pedir seis mil cuesta lo mismo por euro prestado, unos 19,9 € por cada 100 € a lo largo de tres años. En un producto de este tramo eso no es lo habitual y merece decirse.

Lo segundo lo comprobamos nosotros porque conviene no fiarse de un ejemplo sin rehacerlo. Con una amortización francesa limpia al TIN del 12,1 % que publican, 1.000 € a 36 meses darían 197,44 € de intereses y 6.000 € darían 1.184,61 €. Sus cifras son 1,71 € y 10,07 € más altas, una diferencia coherente con redondear la cuota al alza y con que su TAE (13,01 %) quede algo por encima de la equivalencia exacta de su TIN (12,79 %). Dicho de otro modo: sus ejemplos cuadran.

Lo que no está incluido en esas cifras lo advierte su propia nota legal: el coste de los servicios opcionales va aparte.

Su TAE es la más alta del ranking, y su horquilla la más estrecha

Aquí está la parte que solo se puede escribir teniendo las once fichas verificadas una a una, y conviene leerla entera porque la conclusión no es la que parece a mitad de camino.

Estos son los ocho préstamos personales de nuestro ranking de préstamos, comprobados entre el 8 y el 14 de septiembre de 2026:

TAE mínimaTAE máximaHorquilla
Banco Santander5,36 %12,40 %7,04 puntos
Ibercaja6,42 %13,80 %7,38 puntos
Cofidis6,95 %12,76 %5,81 puntos
Oney8,30 %13,20 %4,90 puntos
BBVA8,77 %9,86 %1,09 puntos
Younited Credit9,99 %13,98 %3,99 puntos
Cetelem10,19 %13,68 %3,49 puntos
Ibancar12,74 %13,01 %0,27 puntos
La TAE mínima de cada préstamo personal verificado del ranking
  • Banco Santander 5,36 %
  • Ibercaja 6,42 %
  • Cofidis 6,95 %
  • BBVA 8,08 %
  • Oney 8,30 %
  • Younited Credit 9,99 %
  • Cetelem 10,19 %
  • Ibancar 12,74 %

El «desde» es la TAE del mejor perfil, no la tuya: en la mayoría de estas entidades la horquilla publicada supera los cuatro puntos. La de Ibancar es de 0,27. Calculado de nuestros datos: 8 de 8 préstamos personales verificados · comprobado el 15 de septiembre de 2026 en la web de cada entidad.

Mirando solo la primera columna, Ibancar es el más caro de los ocho. Su mejor precio publicado es peor que el mejor precio publicado de cualquier otro. Eso es un hecho y va primero.

Ahora mira la última columna, porque cambia lo que significa la primera. La TAE mínima de los demás es la del mejor perfil posible, no la tuya: es el fenómeno que explicamos en detalle al hablar de qué significa realmente una TAE «desde», y la razón por la que comparar la TAE real de un préstamo personal exige mirar la horquilla entera y no el titular. Entre el suelo y el techo de Ibercaja hay 7,38 puntos; entre los de Santander, 7,04. Entre los de Ibancar hay 0,27. Es la horquilla más estrecha del ranking con diferencia, y la siguiente más estrecha, la de BBVA, es cuatro veces más ancha.

La consecuencia es la que hace honesto el artículo en las dos direcciones: el techo de Ibancar, 13,01 %, está por debajo del techo de Oney, Cetelem, Ibercaja y Younited. Si tu perfil te coloca en la parte alta de esas horquillas, este producto no es el más caro de la tabla. Si te coloca en la parte baja, es el más caro con mucha distancia — y entonces lo que tienes delante no es una comparación de precios, es la pregunta de si necesitas dar una garantía.

Qué significa de verdad «tu coche como aval»

Esta es la sección que importa, y la que casi ningún artículo sobre este producto escribe.

El Banco de España lo explica en dos frases que conviene leer despacio. La primera: «todos los préstamos se respaldan con la garantía personal del deudor, lo que significa que éste responde con todo su patrimonio, presente y futuro, de la deuda contraída». La segunda, sobre las garantías reales —las que se apoyan en un bien concreto—: «son siempre adicionales a la persona del prestatario, que siempre existe».

Léelas juntas y sale la conclusión que hay que tener clara antes de firmar cualquier préstamo con garantía: poner el coche no sustituye tu responsabilidad, la suma. No es «si no pago, se quedan el coche y en paz». El artículo 1911 del Código Civil lo dice sin matices: «del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros». Si el coche se vende por menos de lo que debes, sigues debiendo la diferencia.

Y sobre qué pasa con el bien, el supervisor es igual de directo: en caso de incumplimiento «el prestamista puede ejecutar esta garantía, iniciándose un proceso que acabará con la subasta o venta de los bienes afectados».

Hay un tercer detalle del Banco de España que explica, de paso, por qué este préstamo es caro pese a tener una garantía detrás: los préstamos al consumo «suelen tener asociada únicamente la garantía personal, y por ello disponen de tipos de interés más elevados». Es decir, una garantía real normalmente abarata. Aquí no abarata: lo que hace la garantía en este producto no es bajar el precio, es hacer posible una operación que sin ella no se aprobaría. Esa es la diferencia, y es legítima siempre que se entienda.

Lo que la ley exige para que un coche quede hipotecado

Aquí es donde no vamos a afirmar nada sobre Ibancar, porque no hemos podido leer su contrato. Lo que sí podemos darte es la vara de medir, que sale entera del BOE y vale para cualquier oferta de este tipo.

Un coche se puede hipotecar en España. Lo regula la Ley de 16 de diciembre de 1954, que en su artículo treinta y cuatro incluye expresamente entre los bienes hipotecables los automóviles y «cualesquiera otros susceptibles de matrícula en el correspondiente registro administrativo». Pero esa figura viene con requisitos y con consecuencias muy concretas:

  • Escritura pública e inscripción. El artículo tercero dice que la hipoteca mobiliaria «se constituirá en escritura pública» y que deberá inscribirse en el registro que la propia ley crea. Y añade algo que protege a las dos partes: «la falta de inscripción de la hipoteca o de la prenda en el registro privará al acreedor hipotecario o pignoraticio de los derechos que, respectivamente, les concede esta ley».
  • No puedes venderlo. Artículo cuarto, en una sola línea: «el deudor no podrá enajenar los bienes hipotecados o dados en prenda sin el consentimiento del acreedor».
  • Tienes que asegurarlo. El artículo treinta y seis obliga a asegurar el vehículo «contra los riesgos de robo, hurto, extravío, sustracción o menoscabo, por una cantidad igual o superior al importe total de la responsabilidad hipotecaria».
  • No puede salir de España. Artículo treinta y siete: los vehículos con la hipoteca anotada en el permiso de circulación «no podrán salir del territorio nacional sin consentimiento del acreedor».

Esa lista es la razón por la que la frase «sigues siendo el titular» es verdadera y a la vez insuficiente. Seguir siendo el titular no es lo mismo que seguir pudiendo hacer con tu coche lo que quieras.

Así que, sea cual sea la oferta que tengas delante, pide por escrito cuatro cosas antes de firmar: cómo se llama exactamente la garantía en el contrato, si se inscribe en algún registro y en cuál, si se anota en el permiso de circulación, y qué ocurre con el coche desde el primer impago. Las cuatro tienen que estar en un documento.

Y una distinción que conviene conocer porque en este sector conviven dos cosas que se parecen y no son iguales: no es lo mismo un préstamo con garantía sobre el coche que una venta con pacto de recompra, donde la propiedad del vehículo se transmite al prestamista y tú recuperas el coche al devolver el dinero. En la segunda no eres dueño mientras dure el contrato. Si la palabra «compraventa» aparece en el documento que te dan a firmar para pedir un préstamo, esa es la señal para parar y leer entero.

Lo que la ley de crédito al consumo sí te garantiza aquí

Hay una buena noticia en el importe mínimo, y no es obvia. El artículo 3 de la Ley 16/2011 deja fuera de su protección «los contratos de crédito cuyo importe total sea inferior a 200 euros». Con un mínimo de 600 €, este préstamo entra de lleno, al revés de lo que pasa con los minicréditos de 100 o 200 € del mismo mercado. Eso te da dos derechos concretos:

Catorce días para arrepentirte. El artículo 28.1 define el desistimiento como la facultad de dejar sin efecto el contrato «en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna». Solo devuelves el capital y los intereses de los días que hayas tenido el dinero.

Un techo legal a lo que te cobran por cancelar antes. El artículo 30.1 reconoce el derecho a liquidar anticipadamente «de forma total o parcial y en cualquier momento», con reducción del coste correspondiente al tiempo que quedaba. Y el 30.2 pone el límite: la compensación «no podrá ser superior al 1 por 100 del importe del crédito reembolsado anticipadamente si el período restante entre el reembolso anticipado y la terminación acordada del contrato de crédito es superior a un año», y al 0,5 por 100 si queda menos de un año.

Fíjate en la base de cálculo, porque es donde se cuela la letra pequeña en todo el sector: la ley mide ese porcentaje sobre el importe que reembolsas anticipadamente, no sobre el capital inicial del préstamo. Si en el mes 30 te quedan 400 € por devolver de un préstamo de 6.000 €, el tope legal se calcula sobre esos 400 €. Compruébalo en tu contrato antes de firmar, y no solo aquí: es la misma comprobación que conviene hacer al cancelar cualquier préstamo personal antes de tiempo.

Para quién tiene sentido y para quién no

Con todo lo anterior delante, la respuesta es estrecha y conviene decirla sin rodeos.

No tiene sentido si un banco te dice que sí. Es la frase más importante del artículo. Si tu perfil entra en un préstamo personal corriente, ahí el precio es mejor —la tabla de arriba lo enseña— y sobre todo no pones el coche. Cambiar una garantía real por unos pocos puntos de TAE solo es buen negocio para quien no tiene la otra opción.

Puede tenerlo si el banco ya te ha dicho que no. Ese es su sitio real, y hay dos datos que lo sostienen. Uno es el importe: recontando el ranking el 14 de septiembre de 2026, los préstamos personales que publican suelo no bajan de los 1.000 € de Younited Credit y Oney, y este baja a 600 €. Por debajo de ahí lo único que queda son minicréditos con TAE de tres y cuatro cifras. El otro es ASNEF: su ficha es la única de las once que verificamos que dice expresamente aceptar solicitantes que figuran en un fichero de solvencia. Que las otras diez no lo digan no significa que lo rechacen, significa que no publican una respuesta a esa pregunta.

Pero antes de aceptar ese precio por estar en un fichero, hay un paso que sale gratis y que mucha gente se salta: comprobar por qué te dijeron que no y si la anotación que te frena cumple los requisitos legales para estar ahí. Lo tienes desarrollado en qué hacer cuando te deniegan un préstamo, y en bastantes casos el problema no era el perfil.

Y no tiene sentido si el coche es tu herramienta de trabajo o tu único medio de transporte, salvo que la devolución esté fuera de toda duda. No por el producto, sino por la aritmética de lo que pasa si algo se tuerce: te quedas sin el coche y, si no cubre la deuda, sigues debiendo el resto. Si la alternativa que estás barajando es aplazar el gasto con una tarjeta, conviene hacer antes esa otra cuenta: la tienes en préstamo personal frente a tarjeta revolving, y la conclusión tampoco es la que parece.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se devuelve por un préstamo de Ibancar?

Según los dos ejemplos que publica la propia entidad, recogidos en nuestra ficha comprobada el 14 de septiembre de 2026: por 1.000 € a 36 meses se devuelven 1.199,15 €, de los cuales 199,15 € son intereses; por 6.000 € a 36 meses, los intereses son 1.194,68 €. En los dos casos el coste es prácticamente el mismo por euro prestado: unos 19,9 € por cada 100 € a lo largo de tres años. La cifra que manda es la de tu contrato, y su propia nota advierte de que el coste de los servicios opcionales no va incluido.

¿Me quitan el coche o cambia de titular?

No hemos podido confirmarlo. Su web se sirve entera con JavaScript y desde nuestro servidor devuelve solo el título de la página, así que el 14 de septiembre de 2026 no pudimos leer sus condiciones generales ni el contrato tipo, y no afirmamos nada en ninguna dirección. Lo que sí se puede decir es qué pedir: que te entreguen por escrito, antes de firmar, cómo se llama exactamente la garantía, si se inscribe en algún registro, si se anota en el permiso de circulación y qué pasa con el coche si dejas de pagar. Si alguna de esas cuatro respuestas no está en el contrato, no firmes.

¿Qué pasa si dejo de pagar un préstamo con aval de coche?

Dos cosas, y la segunda es la que casi nadie cuenta. La primera, que el prestamista puede ejecutar la garantía: el Banco de España lo describe como un proceso «que acabará con la subasta o venta de los bienes afectados». La segunda, que eso no cierra la deuda si el coche vale menos de lo que debes. El artículo 1911 del Código Civil dice que «del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros», y el propio Banco de España recuerda que las garantías reales «son siempre adicionales a la persona del prestatario». Poner el coche no limita tu riesgo al coche.

¿Puedo cancelarlo antes de tiempo y cuánto me cobran?

Puedes: el artículo 30.1 de la Ley 16/2011 dice que el consumidor «podrá liquidar anticipadamente, de forma total o parcial y en cualquier momento» y que tendrá derecho a una reducción del coste correspondiente al tiempo que quedaba. Y la ley pone techo a lo que te pueden cobrar por hacerlo: la compensación «no podrá ser superior al 1 por 100 del importe del crédito reembolsado anticipadamente» si queda más de un año, y al 0,5 por 100 si queda menos. Fíjate en sobre qué se calcula ese porcentaje en tu contrato: la ley lo mide sobre el importe que reembolsas, no sobre el capital inicial del préstamo.

¿Puedo arrepentirme después de firmar?

Sí, y aquí el derecho está doblemente cubierto porque el importe mínimo son 600 €. El artículo 28.1 de la Ley 16/2011 de crédito al consumo da al consumidor la facultad de dejar sin efecto el contrato «en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna». Solo tienes que devolver el capital y los intereses acumulados desde que dispusiste del dinero hasta que lo devuelves. Esa ley no cubre los créditos por debajo de 200 €, así que este producto entra de lleno donde un minicrédito de 100 € se queda fuera.

¿Acepta Ibancar a quien está en ASNEF?

Su ficha, comprobada el 14 de septiembre de 2026, recoge que acepta solicitantes que figuran en ASNEF, y es la única de las once fichas de préstamos que verificamos que lo menciona. Conviene el matiz: que las otras diez no lo digan no significa que lo rechacen, significa que su web no publica una respuesta a esa pregunta. Y estar en un fichero de solvencia no es un callejón sin salida: antes de aceptar un precio más alto por ese motivo, merece la pena comprobar si la anotación cumple los requisitos legales para estar ahí.

Fuentes oficiales

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento financiero personalizado. Verifica siempre las condiciones actuales en la web oficial de cada entidad antes de contratar.

Foto de Nacho

Nacho · Controller financiero

Controller financiero y director de operaciones. Verifico personalmente cada dato de producto contra la web oficial de la entidad que lo vende, y anoto la fecha y la frase literal que respalda cada cifra.

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