Préstamos

Anular un préstamo recién firmado: los 14 días de desistimiento y sus dos excepciones

Nacho · 5 de octubre de 2026 · 12 min de lectura · Datos verificados el 3 de octubre de 2026

Un hombre de unos treinta años, de pie en el recibidor de su piso, mira con los labios apretados un sobre abierto que ha dejado sobre el mueble de la entrada
Los catorce días se cuentan desde la firma, no desde el día en que te arrepientes. · Imagen generada con inteligencia artificial

Sí, durante catorce días naturales desde la firma. El artículo 28 de la Ley 16/2011 permite dejar sin efecto un préstamo al consumo sin dar motivos ni pagar penalización: solo los intereses de los días que has tenido el dinero. Sobre 10.000 €, entre 19 y 49 € según el prestamista.

Tienes catorce días naturales desde que firmas para dejar sin efecto un préstamo al consumo, sin dar ninguna explicación y sin pagar penalización. Lo único que te pueden cobrar son los intereses de los días que el dinero ha estado en tu cuenta: sobre un préstamo de 10.000 €, entre 19 y 49 € según quién te lo haya prestado y qué tipo te hayan dado.

Eso se llama desistir, y no es lo mismo que cancelar el préstamo antes de tiempo. Confundirlos cuesta dinero, porque la segunda vía sí tiene comisión. Y el derecho tiene dos fronteras que casi nunca se cuentan: por debajo de 200 € y por encima de 75.000 € la ley que lo concede deja de aplicarse, y en nuestro propio ranking hay préstamos que caen a los dos lados.

Qué dice la ley, palabra por palabra

El derecho está en el artículo 28 de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo, y su primer apartado no deja margen a la interpretación: es la facultad del consumidor “de dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándoselo así a la otra parte contratante en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna”.

Los catorce días empiezan a contar el día de la suscripción del contrato, o el día en que recibes las condiciones contractuales si eso ocurre después. Son días naturales, así que los fines de semana y los festivos cuentan.

A cambio, el apartado 2 te impone dos obligaciones y solo dos:

  1. Comunicarlo antes de que expire el plazo, “por medios que permitan dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho”. La ley añade algo que conviene saber: el plazo se respeta si la notificación se ha enviado antes de que expire, aunque llegue después.
  2. Pagar el capital y el interés acumulado sobre ese capital “entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del capital”, “sin ningún retraso indebido y a más tardar a los treinta días naturales de haber enviado la notificación de desistimiento al prestamista”.

Y ahí termina la lista. El mismo apartado cierra la puerta a cualquier otro cobro: “El prestamista no tendrá derecho a reclamar al consumidor ninguna otra compensación en caso de desistimiento, excepto la compensación de los gastos no reembolsables abonados por el prestamista a la Administración Pública”. El Banco de España lo traduce en su portal del cliente bancario a lenguaje de calle: lo que pagas son “los intereses por el periodo que has tenido el dinero en tu cuenta, sin penalización alguna ni otros costes adicionales ni comisiones”.

Cuánto cuesta de verdad, con los tipos de los préstamos que tenemos verificados

“Sin penalización” no es lo mismo que gratis, y esta es la parte que nadie pone en números. Los intereses de los días transcurridos se calculan con el tipo de tu contrato, así que el precio de arrepentirte depende de a quién le pediste el dinero.

La fórmula es la que aplica cualquier entidad: capital × TIN × días / 365. Sobre 10.000 € y catorce días completos, esto es lo que sale en los préstamos personales del ranking de préstamos personales en los que cabe ese importe, con el tipo más bajo que publica cada entidad:

Lo que cuesta desistir de un préstamo de 10.000 € a los catorce días
  • Banco Santander (TIN 4,99 %) 19,14 €
  • Ibercaja (TIN 5,90 %) 22,63 €
  • Cofidis (TIN 6,77 %) 25,97 €
  • BBVA (TIN 7,80 %) 29,92 €
  • Oney (TIN 8,00 %) 30,68 €
  • Younited Credit (TIN 9,56 %) 36,67 €
  • Cetelem (TIN 10,14 %) 38,89 €

Cálculo propio: 10.000 € × TIN × 14 / 365. Son los préstamos personales del ranking en los que cabe un importe de 10.000 €, cada uno con el TIN más bajo que publica su entidad, comprobados entre el 8 y el 30 de septiembre de 2026. Ese TIN es el del mejor perfil: con el más alto de cada horquilla la cuenta va de 22,63 € a 48,98 €.

Menos de 40 € por deshacer una decisión de 10.000 €. Ese es el orden de magnitud, y explica por qué la respuesta a “acabo de firmar y me he arrepentido” casi nunca debería ser esperar a ver qué pasa.

Un matiz que hay que decir, porque es el mismo que gobierna todo el ranking: esos TIN son los del mejor perfil, el “desde” que publica cada entidad. Si te han dado el tipo más alto de la horquilla, la cuenta sube, pero no se dispara: con el TIN máximo de cada uno de esos siete préstamos el coste de los catorce días va de 22,63 € a 48,98 €.

Los treinta días para devolver no son de cortesía

Aquí está el detalle que cambia la factura y que no aparece en ningún sitio, porque exige leer el artículo 28.2.b) hasta el final. Los intereses corren “entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del capital” — no hasta el día en que avisas.

Así que el plazo tiene dos tramos que se suman: hasta catorce días para comunicarlo, y hasta treinta más para devolver el dinero. Apurar los dos son cuarenta y cuatro días de intereses en vez de catorce, y eso triplica lo que cuesta desistir:

Préstamo (TIN más bajo publicado)Devuelves el día 14Devuelves el día 44
Banco Santander (4,99 %)19,14 €60,15 €
Ibercaja (5,90 %)22,63 €71,12 €
Cofidis (6,77 %)25,97 €81,61 €
BBVA (7,80 %)29,92 €94,03 €
Oney (8,00 %)30,68 €96,44 €
Younited Credit (9,56 %)36,67 €115,24 €
Cetelem (10,14 %)38,89 €122,24 €

Cálculo propio sobre 10.000 € con la misma fórmula, con el TIN que publica cada entidad en su ejemplo representativo. Ibercaja aplica un TIN único del 5,90 %, así que en su caso esa es la cifra para cualquier perfil; su préstamo, eso sí, es finalista y solo sirve para reformar o amueblar la vivienda.

Y hay una excepción a favor del cliente que merece mirarse en el contrato, porque no todas las entidades cuentan igual. Banco Santander responde en las preguntas frecuentes de su Préstamo Online Rápido, releídas hoy, 18 de septiembre de 2026, que solo tendrás que devolver el importe prestado “más los intereses generados por el número de días transcurridos desde el abono del préstamo en tu cuenta hasta que solicites tu derecho de desistimiento”. Es decir: cuentan hasta la solicitud, no hasta el reembolso, lo cual es mejor para ti que el mínimo legal. Antes de dar por buena una cifra, pide por escrito el detalle de qué se te reclama y hasta qué fecha se han calculado los intereses.

La comisión de apertura es el motivo real por el que los catorce días importan

De los préstamos que tenemos verificados uno a uno contra la web de su entidad, solo en uno aparece una comisión de apertura por encima de cero, y la publica la propia entidad en sus ejemplos representativos: Younited Credit. Y conviene leerla como la publica, porque no es un porcentaje fijo. Younited pone dos ejemplos sobre la misma solicitud de 10.000 € a 84 meses: en el de su TAE mínima la “comisión financiada” es de 0,00 €, y en el de su TAE máxima, de 80,13 € (0,79 %), según la recomprobación de su ficha del 3 de octubre de 2026. Depende del perfil, y el suyo se decide al estudiar la solicitud. Los demás publican un 0 % o su ficha no recoge esa condición.

Y hay un segundo motivo para no fiarse del porcentaje de memoria: esa cifra se mueve. El 20 de septiembre de 2026 el mismo ejemplo de TAE máxima publicaba 204,08 €, un 2,00 %. En dos semanas ha pasado a 80,13 €. Las condiciones las fija cada entidad y pueden cambiar sin aviso, así que la comisión que te van a cobrar a ti es la que figure en tu oferta vinculante, no la de ningún artículo —este incluido—.

Pon esos 80,13 € del peor caso al lado de los 48,98 € que cuestan catorce días de intereses en ese mismo escenario, y tienes el motivo entero de este artículo: por una solicitud de 10.000 €, arrepentirte dentro de plazo cuesta menos que la comisión que pagas por quedarte con el dinero. Dentro del plazo de desistimiento, la ley solo permite reclamarte capital e intereses; pasado el plazo, la comisión de apertura ya está devengada y no vuelve, por mucho que canceles al día siguiente.

Esa otra figura es la amortización anticipada del artículo 30, que tiene sus propias reglas: cuánto te pueden cobrar por cancelar un préstamo antes de tiempo está topado por ley en el 1 % o el 0,50 % de lo que devuelvas. Es poco dinero, pero es dinero que dentro de los catorce días no existiría.

Cómo se desiste, en cuatro pasos

  1. Escríbelo y guarda el acuse. Vale cualquier medio que deje constancia: el buzón de la banca online, un correo certificado, un burofax. Lo que no vale es una llamada sin registro, porque la carga de demostrar que avisaste a tiempo es tuya.
  2. Envíalo antes del día 14, aunque no tengas todavía el dinero. El plazo se cumple con el envío, no con la recepción, y el dinero puedes devolverlo hasta treinta días después.
  3. Pide el importe exacto por escrito: capital más intereses, con la fecha hasta la que se han calculado. Es el paso que casi nadie da y el que evita discutir después, precisamente porque cada entidad cuenta los días de una forma.
  4. Devuelve cuanto antes. Cada día que esperas tiene precio, y está en la tabla de arriba.

El Banco de España aconseja hacerlo “de forma que quede constancia de la orden que das a la entidad”, y una vez pagado conviene pedir el justificante de que la deuda ha quedado saldada.

Si lo que financiaste fue una compra, hay una segunda puerta

Cuando el préstamo sirve para pagar una compra concreta —el sofá, la reforma, el portátil— la ley lo llama contrato de crédito vinculado, y ahí el artículo 29.2 te da una salida adicional: si ejerces tu derecho de desistimiento sobre el contrato de suministro de bienes o servicios, “dejará de estar obligado por este último contrato sin penalización alguna para el consumidor”. Traducido: devolver la compra dentro de su propio plazo tumba la financiación sola, sin que tengas que desistir dos veces.

Ojo con no mezclar los relojes: el del crédito son los catorce días del artículo 28 desde la firma, y el de la compra es el que le corresponda a esa compra. Que se agote uno no arrastra al otro.

Las dos excepciones, y las dos están en nuestro ranking

Aquí es donde la respuesta genérica de “tienes catorce días” deja de valer, porque el derecho depende del importe que hayas pedido.

Por abajo. El artículo 3.c) excluye de la ley entera “los contratos de crédito cuyo importe total sea inferior a 200 euros”. Y esto no es teórico: de los préstamos verificados, dos se pueden pedir desde 50 € —Luzo y Wandoo— y el ejemplo representativo que publica Vivus es de 100 € a 61 días. En esos tres productos, la misma oferta te da o te quita el derecho según cuánto pidas: 150 € quedan fuera, 250 € quedan dentro. Es una línea invisible dentro de la misma calculadora de la web, y la explicamos con más detalle al hablar de por qué el importe mínimo de un préstamo personal decide más de lo que parece.

Por arriba. El artículo 4.5 dispone que en los contratos “cuyo importe total sea superior a 75.000 euros sólo serán aplicables los artículos 1 a 11, 14, 15 y 32 a 36”, y el 28 no está en esa lista. De los préstamos verificados solo uno llega ahí: el Préstamo Online Rápido de Banco Santander, que se anuncia “hasta 80.000€”, así que sus últimos 5.000 € de horquilla cruzan el umbral. El de BBVA se queda en 75.000 € exactos, que la ley sí cubre, porque dice “superior a” y no “igual o superior a”. Un euro de diferencia decide si tienes catorce días o no.

El Banco de España confirma esas dos fronteras al describir el ámbito del derecho: préstamos y créditos al consumo “entre 200 euros y 75.000 euros”.

Que la ley no te lo dé no significa que la entidad no te lo conceda. La respuesta de Banco Santander sobre el desistimiento no distingue por importe, así que en ese tramo el derecho seguiría existiendo por contrato y no por ley — una diferencia que no se nota hasta el día en que hay que reclamar. De Younited Credit, Wandoo y Vivus no hemos localizado la cláusula de desistimiento en la página que verificamos el 18 de septiembre de 2026, y la de Luzo llega sin texto a nuestro servidor, así que no hemos podido leerla. En los cuatro casos la respuesta correcta es la misma: pregúntalo antes de firmar y que te lo pongan por escrito.

Y lo que nos toca declarar sobre nosotros mismos: de las 43 fichas de producto del sitio, cinco llevan enlace de afiliado y las cinco están en préstamos —Oney, Luzo, Wandoo, Vivus e Ibancar—, o sea que podríamos cobrar comisión si alguien contrata cualquiera de ellos desde aquí. Lo decimos por la misma razón por la que el ranking publica sus criterios de orden: que cobremos comisión no cambia ni una cifra de este artículo, ni tapa que tres de esos cinco se pueden pedir en importes que se quedan fuera de la ley de crédito al consumo.

Y un aviso para no mezclar regímenes, que es el error de partida más común en esta consulta: existe otro desistimiento de catorce días, el de la contratación a distancia, y no se acumula con este. El artículo 28.4 lo dice: quien tiene el desistimiento de esta ley no aplica los artículos 10 y 11 de la Ley 22/2007 de comercialización a distancia de servicios financieros ni el artículo 110 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En un crédito al consumo firmado por internet, el que manda es el artículo 28.

Lo que va a cambiar, y cuándo

La Directiva (UE) 2023/2225 sustituye a la norma europea sobre la que se construyó la Ley 16/2011, y sus reglas se aplican a partir del 20 de noviembre de 2026. Entre otras cosas, mete dentro del ámbito de protección los créditos por debajo de 200 €, que hoy quedan fuera por el artículo 3.c). Hasta ese día, lo que se aplica es lo que cuenta este artículo, con sus dos fronteras intactas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta anular un préstamo recién firmado?

Los intereses de los días que has tenido el dinero, y nada más. El artículo 28.2 de la Ley 16/2011 obliga a devolver "el capital y el interés acumulado sobre dicho capital entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del capital", y añade que el prestamista "no tendrá derecho a reclamar al consumidor ninguna otra compensación en caso de desistimiento, excepto la compensación de los gastos no reembolsables abonados por el prestamista a la Administración Pública". Sobre 10.000 € y catorce días, en los préstamos personales del ranking donde cabe ese importe la cuenta va de 19,14 € a 38,89 € con el tipo más bajo de cada entidad.

¿Tengo que explicar por qué anulo el préstamo?

No. El artículo 28.1 lo dice con esas palabras: es la facultad de dejar sin efecto el contrato "en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna". Lo que sí tienes que hacer es comunicarlo antes de que expire el plazo y "por medios que permitan dejar constancia de la notificación".

¿Me devuelven la comisión de apertura si desisto?

La ley no la incluye entre lo que el prestamista puede reclamarte: solo capital, intereses de los días transcurridos y los gastos no reembolsables pagados a la Administración Pública. El Banco de España lo resume diciendo que desistir cuesta los intereses del periodo "sin penalización alguna ni otros costes adicionales ni comisiones". Si esperas y cancelas más tarde, en cambio, la comisión de apertura ya no vuelve: se devengó el día de la firma.

¿Y si el préstamo es de menos de 200 € o de más de 75.000 €?

Entonces este derecho no te lo da esta ley. El artículo 3.c) deja fuera de la Ley 16/2011 "los contratos de crédito cuyo importe total sea inferior a 200 euros", y el artículo 4.5 dice que por encima de 75.000 € "sólo serán aplicables los artículos 1 a 11, 14, 15 y 32 a 36", una lista en la que el 28 no está. El Banco de España sitúa el ámbito del desistimiento, con esas dos fronteras, en los préstamos "entre 200 euros y 75.000 euros". Fuera de esa horquilla, lo que tengas depende de tu contrato.

¿Qué pasa con el seguro que firmé junto con el préstamo?

Cae con él. El artículo 28.3 establece que si un servicio accesorio se proporciona sobre la base de un acuerdo entre un tercero y el prestamista, "el consumidor dejará de estar vinculado por dicho servicio accesorio si ejerce su derecho de desistimiento respecto del contrato de crédito". Si es un seguro de vida se aplica la Ley de Contrato de Seguro, y en el resto de casos tienes "derecho al reembolso de la parte de prima no consumida".

¿Puedo desistir de la financiación de una compra que he devuelto?

Sí, y por una vía distinta. El artículo 29.2 dice que si has ejercido tu derecho de desistimiento sobre el contrato de suministro de bienes o servicios financiado con un crédito vinculado, "dejará de estar obligado por este último contrato sin penalización alguna para el consumidor". O sea: devolver la compra tumba la financiación, sin que tengas que desistir además del crédito por separado.

Fuentes oficiales

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento financiero personalizado. Verifica siempre las condiciones actuales en la web oficial de cada entidad antes de contratar.

Foto de Nacho

Nacho · Controller financiero

Controller financiero y director de operaciones. Verifico personalmente cada dato de producto contra la web oficial de la entidad que lo vende, y anoto la fecha y la frase literal que respalda cada cifra.

Quién hay detrás LinkedIn

Más sobre préstamos